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Lunes, 25-08-08
Las empresas de la construcción deberán figurar en el registro de «Empresas Acreditadas» de la comunidad donde radica su domicilio social a partir del próximo martes, según el Real Decreto 1109/2007, del 24 de agosto.
Las compañías que pretendan ser contratadas o subcontratadas para trabajos en este sector, o que deseen comenzar su actividad en el mismo, deberán registrarse, al menos un mes antes de la fecha de comienzo de las obras. La norma establece que habrá que estar inscrito en dicho registro para poder acometer obras, excavaciones, movimientos de tierra, rehabilitaciones, montajes o saneamientos, deberá figurar en el registro.
CC.OO. valoró la entrada en vigor del decreto, asegurando que con esta medida se reducirá la siniestralidad en el sector, y «servirá para acreditar que las empresas cumplen los requisitos de capacidad y calidad establecidos». A ello añade que servirá para «sacar del mercado» a todas aquellas empresas que «se saltan a la torera» la Ley reguladora de la Subcontratación y las normativas de Prevención de Riesgos Laborales.
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